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Pet Friendly: Reglamento

REGLAMENTO PARA EL INGRESO Y CIRCULACIÓN CON MASCOTAS AL CENTRO COMERCIAL DE ALBROOK MALL

El Centro Comercial Los Pueblos Albrook, permite el ingreso y la circulación de mascotas a sus áreas comunes. Siempre y cuando sean animales domésticos (perros y gatos) bajo la custodia, cuidado y responsabilidad de su propietario o tenedor, se reserva el derecho de admisión de cualquier otro tipo de mascota domestica de cualquier otro tipo de especie no contemplada en el siguiente reglamento:

  1. Los perros y gatos deberán portar en todo momento collar o correa, de manera que no podrán circular sueltos por el Centro Comercial. (La correa deberá ser debidamente controlada de forma exclusiva por un adulto) y las mascotas no podrán ser atadas a ningún objeto dentro del Centro Comercial.

  2. Los perros mayores de 10 kilos deberán portar además su correspondiente bozal y permiso. El propietario de un perro considerado potencialmente peligroso, asume la posición de garante de los riesgos que se puedan ocasionar por la sola tenencia de estos animales y por los prejuicios y las molestias que ocasione a las personas, a las cosas, a las vías y espacios públicos y al medio natural en general.

  3. Se prohíbe la circulación de mascotas por los restaurantes, zonas de comida y el ingreso a locales comerciales.

    En todo caso, los locales comerciales que integran el Centro Comercial deberán informar a sus clientes o visitantes con un distintivo (sticker) su afiliación a la campaña Pet Friendly.

  4. Se permite el ingreso máximo de 2 mascotas por persona.

  1. Se prohíbe a los propietarios, poseedores o tenedores de mascotas permitir que estas realicen cualquier tipo de deposición en las instalaciones del Centro Comercial. No obstante, los propietarios, poseedores o tenedores de mascotas deberán portar todos los implementos de aseo necesarios (bolsas, papel toalla y desinfectante) para limpiar cualquier tipo de desecho de sus mascotas en caso que haya lugar a ello.

  2. Se prohíbe a los propietarios, poseedores o tenedores de mascotas la circulación de los animales en las escaleras eléctricas o ascensores del Centro Comercial.

  3. Los propietarios, poseedores o tenedores de mascotas serán responsables ante cualquier persona que eventualmente pueda resultar perjudicada por aquellos, en sus bienes, integridad física y/o en su vida. En consecuencia, al ingresar con sus mascotas al Centro Comercial asumen toda la responsabilidad, como quiera que ostentan la guarda y custodia absoluta de su mascota, por lo cual se obliga a indemnizar al Centro Comercial por todos los prejuicios o gastos que pueda sufrir o en que incurra el Centro Comercial, incluyendo sus respectivos intereses, derivados de cualquier erogación que éste se encuentre obligado a realizar en virtud de situaciones ocasionadas por las mascotas o derivados del incumplimiento de reglamentaciones sobre su tenencia.

  1. Los propietarios, poseedores o tenedores de mascotas exoneran de cualquier responsabilidad al Centro Comercial por cualquier evento donde resulten o puedan resultar perjudicados (incluye perjuicios patrimoniales y extrapatrimoniales) tanto ellos, como sus acompañantes, los usuarios o visitantes del Centro Comercial y/o la mascota, por hechos o actos realizados por ésta.

  2. Los propietarios, poseedores o tenedores de mascotas deben mantener un aspecto higiénico y sanitario que sea adecuado y que esta no produzca ninguna situación de peligro o incomodidad para los demás visitantes del Centro Comercial o para el propio animal. Así mismo deberán portar con la respectiva tarjeta de vacunación.

  3. Los propietarios, poseedores o tenedores de mascotas deben velar por el comportamiento y condiciones físicas de su mascota. Por ende, en caso de presentarse riñas entre mascotas (perros o gatos) o contagio de enfermedades, será responsabilidad de sus dueños indemnizar los perjuicios que se causen en ocasión de dichos eventos a los afectados.

  1. En el Centro Comercial respetamos y velamos por la protección de los animales que visitan nuestras instalaciones. Por lo tanto, de conformidad con la Ley 70, cuando se evidencia algún tipo de maltrato, abuso, violencia o trato cruel por parte de los propietarios o tenedores u otros hacía los perros y gatos que se encuentren dentro de las instalaciones de la propiedad, daremos aviso a las autoridades competentes para que tomen las medidas de protección establecidas en esta Ley.

  2. No está permitido ingresar al Centro Comercial con su mascota cuando esté en periodo estral (comúnmente conocido como celo)

  3. Los propietarios de locales, ni sus dependientes podrán mantener mascotas durante sus horas de trabajo en el Centro Comercial.

  4. Con el fin de garantizar la seguridad de sus visitantes el Centro Comercial, se reserva el derecho de admisión en el momento que lo considere conveniente y está facultado para solicitar el retiro de los tenedores y mascotas ante situaciones que a su criterio afectan el normal y tranquilo desarrollo de las actividades del Centro Comercial, así como sus bienes muebles e inmuebles o violen las normas establecidas en el presente reglamento y en la ley.